Los criptoactivos y las tecnologías en que se basan están transformando el sistema financiero mundial. Al mismo tiempo, su naturaleza jurídica, sus efectos económicos y los riesgos que generan para la estabilidad financiera han llevado a los Estados a seguir vías regulatorias muy distintas. Los Estados miembros del Consejo de Cooperación para los Estados Árabes del Golfo (el Consejo de Cooperación del Golfo o «CCG») tienen estructuras económicas similares y comparten el objetivo de convertirse en centros financieros, pero no han adoptado un marco regulatorio común para los criptoactivos. En su lugar, han construido regímenes de varios niveles y fragmentados que reflejan prioridades políticas diferentes.
Esta fragmentación persiste en el primer semestre de 2026, aunque los regímenes de autorización abarcan ahora un abanico más amplio de actividades y han surgido marcos específicos para la tokenización y los tokens de pago.
Evolución de la regulación de los criptoactivos en Turquía
Turquía ha regulado los criptoactivos de forma escalonada, movida principalmente por la preocupación por la estabilidad financiera y por la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. En un primer momento, los criptoactivos no se reconocieron como moneda fiduciaria, dinero electrónico, instrumentos de pago ni instrumentos del mercado de valores, y su uso en operaciones de pago se prohibió de plano, lo que en la práctica los dejó fuera del sistema de pagos.
A medida que el mercado crecía, la política pasó de restringir el uso minorista a someter la infraestructura del mercado a supervisión regulatoria. En 2024, la legislación del mercado de valores ya había definido los conceptos fundamentales de criptoactivo, proveedor de servicios de criptoactivos, plataforma de negociación y servicio de custodia, con lo que se sentaron las bases jurídicas del sector. Al mismo tiempo se ampliaron las obligaciones de cumplimiento en virtud de la normativa de la Junta de Investigación de Delitos Financieros (MASAK). En 2025 se sucedieron varias medidas en poco tiempo. Pasó a ser obligatoria la «regla de transferencia», que exige registrar y transmitir los datos del ordenante y del beneficiario en las transferencias de criptoactivos. Se introdujeron requisitos detallados sobre capital mínimo, estructura organizativa, control interno y gestión de riesgos, se desarrollaron en detalle las obligaciones operativas y se reforzaron los mecanismos de supervisión. Los regímenes de suspensión de cuentas y de embargo ampliaron además la facultad de las autoridades administrativas para intervenir directamente en el mercado y endurecieron el régimen sancionador. En consecuencia, el mercado turco de criptoactivos ha pasado de un entorno en gran medida no regulado a otro sometido a una supervisión regulatoria exhaustiva y estricta.
En 2026 se elevaron los requisitos de capital mínimo para obtener una autorización del Consejo del Mercado de Capitales (CMB) y los servicios de custodia quedaron sujetos a normas de seguridad comparables a las del sector bancario. El periodo transitorio que obligaba a las plataformas sin autorización a liquidar sus operaciones concluyó el 30 de junio de 2026, lo que consolidó el mercado en torno a entidades autorizadas y supervisadas.
Más allá de los requisitos de autorización y de conducta, la normativa de MASAK ha endurecido aún más el sistema mediante restricciones operativas adicionales, como periodos de espera para las transferencias, límites al uso de monedas estables y obligaciones reforzadas de diligencia debida respecto del cliente y de prevención del blanqueo de capitales. En el plano fiscal, en marzo de 2026 se presentó al Parlamento una proposición legislativa sobre la tributación de los criptoactivos, que posteriormente fue retirada. A mediados de 2026 no está en vigor ningún régimen fiscal específico para los criptoactivos, aunque prosiguen los trabajos preparatorios.
El enfoque jurídico de los criptoactivos en los países del CCG
Los enfoques regulatorios de los países del CCG se han configurado principalmente en torno a los objetivos de preservar la estabilidad financiera, combatir el blanqueo de capitales y proteger el sistema bancario. Debido a su carácter especulativo y a la persistente inseguridad jurídica, las actividades con criptoactivos se limitaron inicialmente mediante advertencias públicas y prohibiciones de hecho. Con el tiempo, sin embargo, el creciente reconocimiento del potencial de la cadena de bloques en la infraestructura financiera ha dado lugar a enfoques regulatorios más flexibles y selectivos.
Esta tendencia se hizo más visible en 2026 y ha generado una estructura política dual en toda la región. Las actividades del sector privado con criptoactivos siguen restringidas, mientras que se fomentan activamente las iniciativas de moneda digital controlada por el Estado (CBDC) y los proyectos de instrumentos financieros tokenizados. En este contexto, se han desarrollado tres modelos regulatorios principales en la región del CCG.
Baréin
Con arreglo al régimen establecido por su Banco Central, Baréin somete a los proveedores de servicios de criptoactivos a requisitos de capital mínimo, gestión de riesgos, protección de los activos de los clientes, normas tecnológicas y ciberseguridad. También están reguladas las ofertas de tokens digitales, lo que refuerza aún más la protección de los inversores. Los criptoactivos no se reconocen como moneda de curso legal, pero la actividad continúa de forma controlada a través de entornos de pruebas regulatorios y de la cooperación con los bancos. En 2025 y 2026, Baréin extendió su marco regulatorio a las monedas estables y a los productos financieros tokenizados y reforzó su aspiración de ser un centro financiero regional mediante la autorización de plataformas internacionales de intercambio de criptoactivos.
Emiratos Árabes Unidos
Los Emiratos Árabes Unidos (EAU), y Dubái en particular, han creado un marco jurídico integral con el objetivo de convertirse en un centro mundial de criptoactivos. La Ley de Activos Virtuales introdujo requisitos de autorización para los proveedores de servicios de criptoactivos y designó a la Autoridad Reguladora de Activos Virtuales de Dubái (VARA) como autoridad administrativa competente, mientras que el Centro Financiero Internacional de Dubái cuenta con su propio régimen. Las operaciones con criptoactivos de los inversores particulares están permitidas con carácter general, pero las empresas están sujetas a estrictas obligaciones de prevención del blanqueo de capitales y de información. Las ventajas fiscales y la claridad regulatoria han contribuido a altos índices de adopción de criptoactivos.
En 2026, el panorama regulatorio de los EAU se volvió considerablemente más complejo. En el ámbito federal, la autoridad del mercado de capitales (CMA) reorganizó las actividades relacionadas con criptoactivos en ocho categorías de autorización distintas. VARA publicó orientaciones sobre las emisiones de tokens, introdujo normas específicas para los productos derivados y previó la supervisión por el Banco Central de las finanzas descentralizadas (DeFi) y de los tokens de pago. El resultado es una estructura de varios niveles en la que cinco autoridades administrativas distintas ostentan competencias concurrentes, de modo que los participantes en el mercado pueden necesitar varias autorizaciones según el alcance de sus actividades.
Catar
Catar mantiene su prohibición de las criptomonedas, pero permite la tokenización de instrumentos del mercado de valores, y traza una línea clara entre ambas cosas. Sus emisiones de bonos digitales reflejan este enfoque. Las criptomonedas siguen restringidas, mientras que se acogen favorablemente la tokenización de instrumentos del mercado de valores y las tecnologías de registro distribuido. Con arreglo al enfoque de los «tokens excluidos» adoptado después de 2024, los criptoactivos convencionales siguen prohibidos, mientras que los instrumentos financieros tokenizados se tratan como una actividad de mercado regulada.
Arabia Saudí
Arabia Saudí mantiene una actitud prudente respecto de los mercados públicos de criptoactivos y da prioridad a las iniciativas de moneda digital de banco central y a los proyectos institucionales de cadena de bloques. Se trata de una política de doble vía centrada en soluciones de finanzas digitales controladas por el Estado y de acceso restringido.
Kuwait
Kuwait aplica uno de los regímenes más estrictos de la región. Los criptoactivos carecen de reconocimiento jurídico y no pueden utilizarse con fines de pago ni de inversión. A los bancos y a las entidades reguladas se les prohíbe por completo realizar actividades relacionadas con criptoactivos. En 2025 y 2026 este enfoque se endureció todavía más, con sanciones más severas para la minería de criptoactivos y restricciones operativas significativas motivadas por la preocupación por el consumo energético.
Omán
Omán no impone una prohibición absoluta, sino que sigue una estrategia regulatoria prudente y gradual basada en advertencias públicas y requisitos de registro.
Valoración comparativa
Los enfoques jurídicos del CCG no convergen en un único modelo, sino que varían en función de la percepción del riesgo y de los objetivos estratégicos de cada país. Turquía, por su parte, representa un modelo de transición propio, basado en la autorización, la supervisión y las obligaciones de cumplimiento.
En 2026, la principal diferencia entre Turquía y el CCG es estructural. Turquía avanza hacia un régimen de autorización centralizado y uniforme, mientras que en el CCG la potestad regulatoria sigue repartida entre varios organismos administrativos y persisten estructuras fragmentadas. No obstante, ambas regiones siguen una tendencia común consistente en imponer a los proveedores de servicios obligaciones similares a las bancarias y en excluir del sistema a los operadores no autorizados.
Aunque la actividad privada con criptoactivos sigue restringida en todo el CCG, se pone un fuerte énfasis en las iniciativas de moneda digital respaldada por el Estado y de tokenización. En Turquía, en cambio, los avances en este ámbito se encuentran todavía en una fase inicial.
Tanto en el CCG como en Turquía, la regulación de los criptoactivos se aleja de la prohibición absoluta y se orienta hacia una técnica legislativa gradual y basada en el riesgo. Es probable que las iniciativas de tokenización y los proyectos de CBDC sigan ocupando un lugar central en la agenda regulatoria, lo que sitúa la orientación regulatoria de Turquía en una línea globalmente coherente con la evolución internacional.
